Anteproyectos
Las obras a las cuales se les debe exigir la presentación del anteproyecto serán las siguientes:
• Vivienda unifamiliar, a partir de cuatro unidades habitacionales a construirse de manera simultánea
• Vivienda multifamiliar, a partir de cuatro unidades habitacionales
• Locales comerciales, a partir de cuatro locales independientemente de su área
• Bodegas, a partir de 200 metros cuadrados de huella de la bodega
• Proyectos habitacionales bajo el régimen de condominio
• Urbanizaciones
• Proyectos industriales, comerciales o mixtos bajo el régimen de condominio
• Talleres e industrias, a partir de 200 metros cuadrados
• Cementerios privados
• Supermercados y mini supermercados independientemente de su área
Para la obtención de la licencia de construcción se deberá aportar copia de la póliza de riesgos del trabajo emitida por una entidad aseguradora La licencia de construcción emitida por la Municipalidad tiene vigencia de un año, si en ese plazo no se ejecutan las obras o si se inician y no se concluyen, deberá presentarse a renovar la licencia un mes antes de su vencimiento.
Una vez cancelado el monto de la licencia de construcción, no se podrá devolver el importe del mismo al solicitante, aun cuando no se haya ejecutado la obra.