Bienes Inmuebles |
Las declaraciones de los bienes inmuebles se deben realizar cada cinco (5) años y la misma empezará a regir a partir del 1 enero del año siguiente a su presentación.
Si una propiedad se detecta que no ha sido declarada ante la Municipalidad, se debe primero notificar al propietario para que se apersone ante a este municipio, y de no hacerlo transcurrido el tiempo de ley establecido se procederá a realizarle un avalúo para establecerle su valor y así poder incluirla en la base municipal, no sin antes también notificar nuevamente al propietario sobre el avalúo realizado.
¿Cuáles son los requisitos para la declaración?Una vez aprobada la solicitud, el interesado deberá cancelar la suma de 5.090,00 colones por cada paja de agua, en el departamento de Facturación.