1- Información Institucional

 1-1 Información Institucional Básica

  • Creación de la Institución:

Flores se erigió como el cantón número 8 de la provincia de Heredia, por la Ley No.52 del 12 de agosto de 1915. Es el cantón más pequeño de la República de Costa Rica con 6.96 km²; este cantón cuenta con tres distritos: San Joaquín, Llorente y Barrantes.

  • Horario de la Municipalidad:

El horario de todas las oficinas es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.

  • Ventanilla Única:

Se cuenta con una plataforma de servicios jornada continua que brinda el servicio de ventanilla única de todos los trámites que brinda la Dirección de Desarrollo y Control Urbano.


Tramites Municipales

Datos Municipalidad
  • Descripción de funciones

La Municipalidad
Las municipalidades son el gobierno local de cada cantón. La organización administrativa básica de las corporaciones municipales está integrada por el Concejo Municipal. El Alcalde y las dependencias encargadas de los servicios y apoyo administrativo. Las municipalidades se distinguen en nuestro medio por ser entidades públicas descentralizadas por territorio. La jurisdicción territorial de la municipalidad es el cantón. La población cabecera del cantón es la sede del Gobierno Municipal y tiene título de ciudad. De acuerdo con esto debe entenderse por municipio el conjunto de vecinos residentes en un mismo cantón y la municipalidad es la persona jurídica estatal que gobierna y administra los intereses y servicios cantonales, para lo cual posee patrimonio propio, personalidad y capacidad jurídica plenas para ejecutar los actos que atañen en esa función y autonomía política, administrativa y financiera, de acuerdo con la Constitución Política.
  • Marco Juridico

En esta sección podrá encontrar las leyes y reglamentos que rigen el ámbito de competencias de la Municipalidad de Flores, los cuales sirven de apoyo tanto para guiar los servicios y trámites de los administrados como para conocer la normativa que rige su organización interna.


Marco Jurídico Actual